El Estado desarrollará una política de ordenación
del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas,
poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las
premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y
participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y
criterios para este ordenamiento.
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